El mes pasado os hablábamos de la Cláusulas Suelo y de cómo y por qué eran reclamables. Hoy os vamos a contar algo parecido sobre unas cláusulas parecidas que se reclaman en un procedimiento parecido, pero que lo cierto es que no tienen nada que ver. Vamos a ello.

Las cláusulas de gastos hipotecarios son aquellas cláusulas que tenemos en nuestro préstamo hipotecario por las cuales el usuario se obliga a abonar todos los gastos que la operación genere. Estos gastos, habitualmente, suelen ser los generados en notarías, gestorías, tasadores, etc. Pero no debemos limitarnos a ello. Son, en general, los gastos derivados de la operación.

Afortunadamente para el usuario, el TJUE y el TS han sentenciado que, al igual que las cláusulas suelo, la cláusula de gastos hipotecarios, también es abusiva, y por lo tanto nula e imprescriptible.

Advocatum - Cláusula

Si su préstamo hipotecario tenía una cláusula como la que hemos descrito anteriormente, ha llegado el momento de reclamar a su banco por dichos importes.

Eso sí, el usuario deberá tener en cuenta que es a él o a ella a quien corresponde la carga de la prueba. ¿Qué queremos decir con esto? Pues que somos nosotros, usuarios, quienes tenemos que demostrar haber realizado dicho gasto. Y para ello, tendremos que aportar las facturas relativas a dichos gastos.

Una vez más, desde el equipo de ADVOCATUM, os invitamos a que si sospecháis que vuestro préstamo tiene alguna cláusula abusiva, os pongáis en contacto con nosotros para no perder tiempo y empezar a reclamar aquello que el banco os ha cobrado de más.